Editrain gestiona íntegramente sin coste el plan de formación de sus clientes, a través del sistema de agrupación de empresas. El sistema de bonificación permite a las empresas desarrollar planes de formación o acciones formativas para sus trabajadores, sin coste alguno, a través de la bonificación de su coste en los pagos a la Seguridad Social.
REQUISITOS PREVIOS A LA BONIFICACIÓN
• Haber informado a la representación legal de los trabajadores, si la hubiere.
• Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias, así como de Seguridad Social, en el momento de aplicar las bonificaciones.
• Las grandes empresas (más de 250 trabajadores) garantizarán que el porcentaje de trabajadores formados que pertenecen a colectivos denominados como prioritarios* por el Fondo Social Europeo sea igual o mayor al porcentaje que estos colectivos representan en la plantilla de la empresa.
• Comunicar el inicio de las acciones formativas a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, con 15 días hábiles de antelación al inicio de las acciones formativas y a través de la página web de dicha Fundación.
• Realizar la Acción Formativa.
• Comunicar la finalización de la acción formativa antes de la presentación del boletín de cotización del mes en el que se quieran practicar las bonificaciones o en cualquier caso antes de la presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre de 2004.
* Se entienden como colectivos prioritarios a las mujeres, trabajadores no cualificados (Grupos de Cotización 6, 7, 9 y 10), trabajadores mayores de 45 años, trabajadores de PYMES y personas con discapacidad así como Víctimas de la Violencia de Género y Víctimas del Terrorismo.
GESTIÓN INTEGRAL DEL PLAN DE FORMACIÓN
Desde Editrain entendemos que todos estos trámites conllevan un coste de tiempo y esfuerzo para las empresas que las impulsa a perder su crédito anual. Es por ello que Editrain, en su continua apuesta por la formación como vehículo de mejora de la calidad y la competitividad de las empresas, le ofrece todas las facilidades a su alcance para que las empresas puedan realizar dicha formación y no perder su crédito anual.
Para ello, debe adherirse al convenio de Agrupación que Editrain tiene firmado con otras empresas y que es una forma de autorización a Editrain, para poder acceder a la aplicación telemática de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo con el fin de cuantificar su crédito y, siempre y cuando se acepte nuestra oferta formativa, gestionar toda la documentación relativa a dichas Acciones Formativas.
Con posterioridad a la firma de dicha adhersión, tan sólo tendrían que facilitarnos unos datos básicos de los trabajadores que realizarían la formación.
VENTAJAS DE PARTICIPAR EN LA AGRUPACIÓN EDITRAIN
• Seguimiento individualizado de su crédito anual.
• Vigilancia y asesoramiento en el cumplimiento de los porcentajes de formación de colectivos prioritarios
• Optimización del uso de su crédito anual.
• Bonificarse/deducirse, en las cotizaciones a la Seguridad Social, los costes incurridos por la formación.
• No es necesaria la obtención de la firma digital por parte de la entidad participante.
• Se libera de la burocracia exigida en las relaciones con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (antes FORCEM).
• Una amplia gama de productos y servicios de formación y consultoría.
• Tener a su disposición a todo un equipo humano de la más alta cualificación y gran experiencia en el área de la formación que le asesorarán sobre las mejores opciones de formación.
¿QUÉ TRÁMITES REALIZA EDITRAIN?
1. Comunicados a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo:
• Comunicación de inicio del grupo o grupos de formación. Con una antelación mínima de 15 días hábiles deberán constar al menos los siguientes datos: fecha, horario y lugar de realización, denominación y contenidos básicos de la acción formativa, modalidad de impartición y trabajadores participantes. Para ello, será necesario haber contratado el curso con al menos 17 días hábiles de antelación a su inicio.
• Editrain se responsabiliza de las comunicaciones sobre cualquier incidencia que dé lugar a la modificación de los datos que figuran en el comunicado de inicio del grupo o grupos de formación, con al menos una semana de antelación al inicio del curso, siempre y cuando dicha información se nos haga llegar con la suficiente antelación.
• Comunicación de la “Certificación de finalización de la formación”. Contendrá los datos de la formación realizada, así como el número de horas impartidas y relación de los participantes que han finalizado la formación, coste total y coste bonificable (parte de los costes de formación que las empresas podrán financiar con cargo a su crédito de formación continua), el total de la Aportación Privada y el número de trabajadores formados pertenecientes a colectivos prioritarios.
• Todas aquellas obligaciones establecidas en el Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, y en la Orden Ministerial TAS/500/2004 que la desarrolla, relacionadas con las Acciones formativas de las empresas para las que organiza y gestiona la formación de sus trabajadores, así como la custodia de cuanta documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de la formación pueda ser requerida por las Administraciones u órganos de control competentes y por la Fundación Estatal para la Formación en le Empleo.
2. Documentación de certificación técnica
Entregamos a cada trabajador que finalice satisfactoriamente la formación (cumpliendo con el 75% del total de la asistencia o de los controles a distancia) la siguiente documentación:
• Certificados (denominación de la acción formativa, contenidos formativos, días en los que se ha desarrollado la formación y las horas de formación recibida).
Además, custodiamos, en nombre de la empresa agrupada, la documentación de soporte necesaria para la certificación de la formación realizada:
• Control de asistencia de los participantes, por curso.
• Certificados de entrega de documentación (en su caso).
• Certificados de entrega de diploma acreditativo de la formación.
• Cuestionario para la evaluación de calidad de la acción formativa.
3. Documentación de certificación económica
• Custodia Del Convenio de Agrupación de Empresas. Lo mantenemos a disposición de los órganos de control competentes, indicados en el capítulo V de la Orden Ministerial anteriormente citada.
• Asesoramiento de las cantidades y el mes en el que realizar las bonificaciones por empresa, en función del grado de cumplimiento de los porcentajes de colectivos prioritarios y cofinanciación privada exigidos.
• Seguimiento y control económico de la ejecución de las acciones formativas. Éste incluirá el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la “certificación de finalización de la formación”, en especial cumplimiento del porcentaje de cofinanciación privada exigible, el ajuste de los costes de la formación a los módulos económicos máximos fijados, la revisión y adecuación de las facturas recibidas a la normativa de justificación de costes.
OTRAS VENTAJAS DE TRABAJAR CON EDITRAIN
• Gestión de inspecciones presenciales y ex post a realizar por parte de la propia Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo o del Servicio Público de Empleo Estatal.
• Actualización de los datos de que dispone la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo. Actuaremos de mediadores ante cualquier cambio en sus datos (Razón Social, CIF, domicilio, etc.) que se produzca. Asimismo, realizaremos los trámites derivados de los procesos de fusión o escisión con el fin de evitar problemas en la gestión de su crédito formativo.
Para más información:
Begoña Aguirregabiria
Directora EDITRAIN Barcelona
C/Comte Borrell, 235-239
08029 Barcelona
T 93 4880884
F 93 4875075
E-mail:
baguirregabiria@editrain.com
Jorge Cerro
Responsable de Formación Continua
EDITRAIN, S.L.
C/ Eloy Gonzalo, 27. 3º
28010 MADRID
T 91 5914 254
F 91 5943 053
E-mail:
jcerro@editrain.com